CONDICIONES DE ENTREGA Y PAGO (FEBRERO DE 2024)
I. Generalidades
Las siguientes condiciones se aplican a todas las transacciones comerciales - también las futuras - con el cliente. Nuestras condiciones de venta y envío se aplican exclusivamente; no reconocemos otras condiciones, así como condiciones especialmente contrarias o diferentes por parte del cliente, a menos que aprobemos explícitamente la validez de dichas condiciones. Nuestras condiciones de venta y envío también se aplican en caso de que reconozcamos condiciones contrarias o diferentes por parte del cliente y cumplamos el pedido sin reservas. Todos los acuerdos alcanzados entre nosotros y el cliente deberán constar por escrito para que sean válidos. Nuestras condiciones de venta y envío se aplican exclusivamente a empresarios registrados si el contrato está integrado en la explotación de su negocio y a personas jurídicas de derecho público y patrimonios separados de derecho público.
II. Precios/Cambios de precios, envío
1. Nuestros precios ofrecidos son precios en euros y no incluyen el impuesto sobre el valor añadido. Por lo tanto, el impuesto sobre el valor añadido debe sumarse a los precios al tipo determinado por la legislación aplicable en cada momento. Si no se acuerda expresamente otra cosa, nuestros precios son ex works, excluidos los gastos de embalaje, franqueo y envío. Todos los precios ofrecidos están sujetos a cambios.
3. El envío de la mercancía se realiza por cuenta y riesgo del cliente y siempre más los gastos de embalaje según la lista de precios vigente en cada momento de Haimer o la oferta vigente correspondiente. En la medida en que la mercancía se envía a cuenta y riesgo del cliente a petición de éste, nuestra responsabilidad, en la medida en que la ley lo permita, se limita a los daños causados intencionadamente o por negligencia grave. A petición escrita del cliente, y a su cargo, la mercancía puede ser enviada asegurada por nosotros contra robo, rotura, daños o pérdida de la mercancía en tránsito, daños por fuego y agua, o contra otros riesgos que puedan ser expresados explícitamente por el cliente en la medida en que sean asegurables.
3. La mercancía se envía por cuenta y riesgo del cliente y siempre más los gastos de embalaje de acuerdo con la lista de precios vigente de Haimer o de acuerdo con la oferta vigente. En la medida en que la mercancía se envía a petición del cliente y por su cuenta y riesgo, nuestra responsabilidad se limita al dolo y a la negligencia grave, en la medida en que la ley lo permita. A petición escrita del cliente, aseguraremos el envío a su cargo contra robo, rotura, transporte, incendio y daños por agua u otros riesgos en la medida en que el cliente lo solicite explícitamente y en la medida en que sea asegurable.
4. En la medida de lo razonable, el cliente puede realizar envíos parciales.
III. Forma de pago
1. La mercancía debe pagarse íntegramente, sin deducciones, en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de la factura.
2. Las letras de cambio sólo se aceptan previo acuerdo especial y a cuenta de la prestación, sin descuento. Los gastos de descuento y de efectos correrán a cargo del cliente y serán pagaderos inmediatamente. No seremos responsables de la presentación a tiempo de una letra de cambio, de su debido protesto, de su no-aviso o de la devolución de una letra impagada, a menos que nosotros o nuestros auxiliares ejecutivos seamos culpables de daños por dolo o negligencia grave.
3. El cliente sólo tendrá derecho a compensación si sus contrademandas han pasado a ser cosa juzgada, no han sido impugnadas o han sido reconocidas por nosotros. En caso de reconvención impugnada, el cliente no tendrá derecho de retención.
4. En el caso de reconvenciones no impugnadas, el cliente sólo puede reclamar un derecho de retención con respecto a las reclamaciones presentadas que se basen en la misma relación contractual.
5. Con respecto a este pedido, el cliente está obligado a confirmar la recepción de la mercancía en los casos de la entrega desde Alemania a los países extranjeros de Europa; la confirmación tiene que cumplir con la normativa relativa al impuesto sobre el volumen de negocios.
IV. Retraso en el pago
1. En caso de demora en el pago, tenemos derecho a cobrar el tipo de interés legal de demora, es decir, el 9 % más el tipo de interés anual básico vigente en el momento en cuestión y un importe global de 40,00 € por importe vencido; no obstante, nos reservamos expresamente el derecho a hacer valer reclamaciones por daños y perjuicios adicionales. Si el tipo de interés no se reclama en primer lugar, esto no excluirá una ejecución posterior en el marco de la prescripción legal; en este sentido, se excluye una caducidad.
2. En caso de que tengamos conocimiento de circunstancias que pongan en duda la solvencia del cliente y, por tanto, consideremos que nuestra reclamación de pago está en peligro, en particular si se inicia un procedimiento de insolvencia o si se abre un procedimiento de insolvencia contra los bienes del cliente, o si no se paga un cheque, o si el cliente suspende los pagos o incurre en una demora importante en el pago con amenaza de cobro, tendremos derecho a declarar inmediatamente vencida la deuda restante y a exigir el pago inmediato. Además, tenemos derecho a exigir el pago por adelantado o la constitución de una garantía, y a retener la mercancía hasta que se efectúe el pago, el pago por adelantado o la constitución de la garantía, y a interrumpir la tramitación de los pedidos en curso hasta que se produzca el mismo. Si un cambio del pedido requerido por el cliente afecta al plazo de producción, podemos reclamar un nuevo plazo de entrega ajustado a las nuevas circunstancias. Retraso en la entrega o en el cumplimiento causado por fuerza mayor, provocado por circunstancias que están fuera de nuestro control y causado por incidentes que hacen que la entrega no sólo sea temporalmente difícil o imposible - esto es especialmente huelga, cierre patronal, intervención de la administración pública, acto de guerra, disturbios, falta de energía, destrucción o daño de nuestra producción y unidades operativas, que estaban fuera de nuestro control, así como la interrupción de los medios de transporte, restricciones de trabajo, etc., aunque esto ocurra en nuestro proveedor o su subproveedor, no somos responsables, incluso si hemos acordado plazos de entrega vinculantes. Usted nos autoriza a prolongar el plazo de entrega o de ejecución por el tiempo de interferencia y un plazo inicial adicional. Además, en estos casos tenemos derecho a ajustar el precio. Las circunstancias mencionadas anteriormente también quedan fuera de nuestro control si se producen durante un retraso ya existente. El comienzo y el final de dicha interferencia se comunicarán al cliente lo antes posible. El plazo de entrega se respeta en caso de que el producto haya abandonado las instalaciones o hayamos comunicado al cliente la disponibilidad de envío al finalizar el plazo de entrega.
V. Reserva de dominio
1. Hasta que no se satisfagan todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial con el cliente, éste debe conceder las siguientes garantías, que liberaremos a petición del cliente y a nuestra libre voluntad si el valor de las garantías supera sistemáticamente el de las reclamaciones en más de un 10%.
2. Todas las mercancías entregadas al cliente siguen siendo de nuestra propiedad hasta que todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial con el cliente hayan sido abonadas en su totalidad.
3. El objeto de entrega no podrá ser pignorado ni cedido en garantía a terceros antes de su pago íntegro. En caso de embargo por un tercero del objeto de entrega, en particular como prenda, el cliente deberá referirse a nuestra propiedad e informarnos por escrito inmediatamente, para que podamos hacer valer nuestros derechos de propiedad. El cliente será responsable de los gastos que se originen judicial o extrajudicialmente en caso de que el tercero no esté en condiciones de reembolsarnos los gastos que se originen en relación con lo anterior.
4. El cliente está autorizado a vender y transformar la mercancía en el marco de operaciones comerciales correctas, siempre que no esté en mora en el cumplimiento de las deudas que le corresponden. Podemos revocar este permiso si el cliente se retrasa en los pagos o entra en estado de confiscación de bienes, especialmente si se abre un procedimiento de insolvencia contra su propiedad.
5. El procesamiento o transformación de la mercancía por parte del cliente se realizará siempre por nuestra cuenta. En caso de que la mercancía se una, mezcle o combine con otros artículos, adquiriremos la copropiedad en proporción con el valor de la mercancía (suma total de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido legal) con respecto al resto de artículos que se unieron, mezclaron o combinaron en el momento en que se unieron, mezclaron o combinaron. En el caso de que se pierda la propiedad de la mercancía por convertirse ésta en parte integrante o necesaria de otra cosa, el cliente nos cede ahora, por adelantado, la copropiedad de la cosa principal en la parte que corresponda a la proporción del valor de la mercancía entregada (suma total de la factura, incluido el impuesto sobre el valor añadido legal) con respecto al valor de la cosa principal en el momento de dicha unión, mezcla o combinación.
6. En caso de que se venda la mercancía, el cliente cede ahora y por la presente, para la seguridad de nuestras reclamaciones derivadas de toda la relación comercial, todas las reclamaciones que surjan para el cliente de la reventa o de otros motivos legales (seguro interno, acto ilícito o similar) contra el comprador o terceros, independientemente de si la mercancía, de la que tenemos la propiedad (parcial), se revende con o sin procesamiento. A petición nuestra, que podrá formularse en cualquier momento, el cliente deberá informarnos sobre el estado de la reclamación y permitirnos inspeccionar, a nosotros o a cualquier persona autorizada por nosotros, los registros comerciales relacionados con lo anterior. Concedemos al cliente autorización, sujeta a revocación, para cobrar en su propia cuenta y en su propio nombre las sumas adeudadas por las reclamaciones que le hayamos cedido. Esta autorización de domiciliación bancaria sólo podrá ser revocada si el cliente no cumple debidamente con sus obligaciones financieras. Lo anterior no afecta a nuestra facultad de cobrar nosotros mismos las cantidades adeudadas. Sin embargo, nos comprometemos a no cobrar las sumas adeudadas mientras el cliente cumpla sus obligaciones financieras con los ingresos por ventas cobrados, no se retrase en los pagos y, especialmente, si no se ha presentado ninguna solicitud de procedimiento de insolvencia o se ha constatado la suspensión de pagos. Sin embargo, si este es el caso, podemos exigir que el cliente nos comunique inmediatamente los créditos firmados y sus deudores, incluyendo toda la información necesaria para fines de cobro, proporcionándonos todos los registros necesarios para ello, e informando a los deudores (terceros) de la cesión de créditos. También tenemos derecho a revelar las cesiones de créditos contra los deudores. Sin embargo, el cliente no tiene derecho a ceder su crédito a terceros.
7. Contrariamente a la posición 3, el cliente no tiene derecho a vender la mercancía, ni siquiera en el contexto de operaciones comerciales normales y correctas, si el cliente ex-cluye cedernos reclamaciones basadas en la venta de la mercancía.
8. En caso de acciones contrarias a las condiciones del contrato, especialmente en caso de retraso en el pago, tenemos derecho a la rescisión del contrato. Tras la rescisión, podemos exigir al cliente la devolución de la mercancía.
VI. Plazo de entrega
1. Las fechas y plazos de entrega sólo serán vinculantes si los confirmamos expresamente por escrito.
2. Las fechas y plazos de entrega confirmados comienzan cuando se cumplen las siguientes condiciones cu-mulativas: la aclaración de todas las cuestiones técnicas; el cumplimiento de las obligaciones contractuales del cliente, en particular la de facilitar registros, autorizaciones y declaraciones de descargo de responsabilidad. Si las modificaciones solicitadas por el cliente influyen en la duración del plazo de producción, tenemos derecho a insistir en que se acuerde un nuevo plazo de entrega que se ajuste a las nuevas circunstancias. No nos responsabilizamos de los retrasos en la entrega y el cumplimiento, incluso si se han acordado fechas y plazos vinculantes, en caso de fuerza mayor, en caso de circunstancias de las que no seamos responsables y en caso de incidentes que no sólo impidan o imposibiliten la entrega de forma sustancial y temporal, lo que incluye en particular huelgas, cierres patronales, intervenciones soberanas, actos de guerra, disturbios, cortes de electricidad, destrucción o daños en nuestras instalaciones de producción o de trabajo de los que no seamos responsables, así como fallos de transporte, limitaciones de trabajo, etc, también cuando lo anterior afecte a nuestros proveedores o a sus subproveedores. Tales circunstancias nos dan derecho a posponer la entrega o la prestación durante el tiempo que dure el impedimento más un tiempo razonable de puesta en marcha. Además, tal caso nos da derecho, por nuestra parte, a ajustar el precio en consecuencia. Tampoco seremos responsables de las circunstancias mencionadas si surgen durante un retraso ya existente. Los plazos de entrega estarán sujetos a la entrega correcta y puntual de la mercancía por parte de nuestro proveedor si hemos celebrado un contrato de cobertura congruente y, tras un examen minucioso, podemos suponer que nuestro proveedor está en condiciones de cumplir el contrato de forma correcta y puntual. En casos importantes, informaremos al cliente lo antes posible sobre el comienzo y el final de dichos impedimentos. El plazo de entrega se considerará cumplido si, en la fecha de su vencimiento, la mercancía ha salido de fábrica o el cliente ha recibido aviso de la disponibilidad de envío.
VII. Muestra
Las muestras de todo tipo, ya sean diseños, modelos, etc., se preparan especialmente para el cliente según sus instrucciones y sólo previo encargo por escrito del mismo. En todos los casos, estas muestras se facturarán por separado al cliente.
VIII. Almacenamiento de documentos y objetos para su uso posterior
El almacenamiento de los papeles y otros objetos del cliente que puedan servir para algún fin futuro sólo se realizará previo acuerdo por escrito y a cambio de una compensación especial más allá de la fecha de entrega de la mercancía solicitada. En caso de que el cliente ponga a nuestra disposición las mercancías y/u objetos antes mencionados, éstos se manipularán con cuidado hasta la fecha de entrega. En este caso también, el almacenamiento más allá de la fecha de entrega sólo se concederá previo acuerdo por escrito y a cambio de una compensación especial. En caso de que los documentos y/u objetos antes mencionados estén asegurados contra agua, fuego, robo u otros peligros, el cliente deberá proporcionar él mismo el seguro necesario. Además, dentro de los límites legalmente permisibles, quedamos exentos de responsabilidad por la pérdida, daño o destrucción de estos documentos y/u objetos.
IX. Impresión de la empresa
En los objetos de nuestra fabricación, podemos, con el permiso del cliente, hacer referencia a nuestra empresa de forma adecuada. El cliente sólo podrá denegar su autorización en caso de que tenga un interés justificado para ello.
X. Plazo para reclamar
En el momento de la entrega, el cliente deberá inspeccionar la mercancía sin demora y, en caso de que la mercancía presente defectos evidentes, deberá comunicárnoslo en el plazo de dos semanas a partir de la recepción de la mercancía, en caso de envío desde el punto de recepción del cargador o transportista; de lo contrario, quedarán excluidas las reclamaciones del cliente relativas a defectos. Las reclamaciones por defectos no evidentes sólo podrán hacerse valer en el plazo de un año a partir de la recepción de la mercancía, en el caso de envío desde el momento de la recepción por parte del cargador o transportista.
XI. Garantía
El plazo de garantía es de 1 año a partir de la transmisión del riesgo. En caso de defectos, tenemos derecho a elegir entre la subsanación de los defectos o la entrega de un sustituto, hasta el importe del valor contractual, a menos que nosotros o nuestros auxiliares ejecutivos seamos culpables de daños por dolo o negligencia grave, o si hemos dado una garantía por el estado de la mercancía. Si fracasan dos intentos de rectificación de los defectos o de entrega de un sustituto, o si la rectificación o sustitución no es posible, no es razonablemente esperable para el cliente, o es finalmente rechazada por nosotros, entonces el cliente puede exigir una reducción razonable del precio o rescindir el contrato. En el caso de productos de terceros sustanciales, nuestra responsabilidad se limita inicialmente a la cesión de los derechos de responsabilidad que nos corresponden frente al proveedor de los productos de terceros. Cualquier responsabilidad que se derive por nuestra parte en este caso sólo puede ser secundaria y requiere el recurso previo a los tribunales por parte del proveedor del producto de terceros. Reembolsaremos los gastos que se originen si no se pueden cobrar al proveedor y si han sido necesarios para el proceso. Quedan excluidas, en la medida en que lo permita la ley, las reclamaciones de garantía y daños y perjuicios que excedan de lo anterior.
XII. Indemnización por daños y perjuicios
Para las reclamaciones por daños se aplican los siguientes límites de responsabilidad, dentro de los parámetros de la ley: Para todos los daños derivados del incumplimiento culpable del contrato, somos responsables si nosotros mismos o nuestros auxiliares ejecutivos somos culpables, pero sólo en caso de daños por dolo o negligencia grave. Dentro de los límites de la ley, esto también se aplica en casos de incumplimiento o cuando el cumplimiento se hace imposible. En la medida en que se nos considere responsables de los daños debidos a un incumplimiento de contrato que resulte de un grado leve de negligencia por nuestra parte o por parte de nuestros auxiliares ejecutivos, queda excluida la responsabilidad por daños indirectos. En cada caso de daño, nuestra responsabilidad se limitará a un máximo del valor del pedido individual respectivo. En caso de que se produzcan daños parciales por demora en la prestación, sólo seremos responsables por el valor contractual (trabajo propio excluido el trabajo adelantado y el material) si nosotros o nuestros auxiliares ejecutivos sólo somos culpables por negligencia leve. Esta limitación de responsabilidad también se aplica a los daños relacionados con los servicios de Haimer para los bienes de los clientes (por ejemplo, Equilibrado, Cool Jet, Cool-Flash, Duo-Lock o Safe-Lock), en cuyo caso la responsabilidad se limita al valor contractual del servicio prestado por Haimer. En cualquier caso, en la medida en que lo permita la ley, nuestra responsabilidad se limitará al importe de los daños típicamente previsibles en el momento de la celebración del contrato.
XIII. Recepción de la entrega; transmisión del riesgo
Si la mercancía está lista para su aceptación, el cliente deberá recibirla en el plazo acordado. Si el cliente se demora en la aceptación, independientemente de lo dispuesto en el artículo III.1, el precio acordado deberá pagarse inmediatamente. Si el cliente no cumple con esta obligación, tenemos derecho a rescindir el contrato y hacer otro uso de la mercancía, por lo que los ingresos por ventas obtenidos en este caso se abonarán al precio acordado. Debemos ser compensados por el lucro cesante. Si el comprador se demora en la aceptación o incumple otros deberes de participación, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios así causados, incluidos los gastos adicionales que puedan surgir. Nos reservamos el derecho a otras reclamaciones en nuestro nombre. En caso de demora o retraso en la aceptación por parte del comprador, o de cualquier otro incumplimiento de las obligaciones de participación por parte del comprador, el riesgo de pérdida accidental de las mercancías o de empeoramiento accidental del estado de las mercancías pasará al comprador a partir del momento en el que entró en el estado de demora en la aceptación o en el deudor.
XIV. Propiedad, derechos de autor, deber de secreto
Los artículos del oficio que utilicemos para fabricar el producto del contrato, en particular los medios especiales de funcionamiento (herramientas, dispositivos) seguirán siendo de nuestra propiedad y no se entregarán. Nos reservamos la propiedad y los derechos de copia de los presupuestos, planos y otros documentos. Sólo se podrán poner a disposición de terceros no autorizados con nuestra previa autorización expresa y por escrito. El cliente es el único responsable si, en el proceso de ejecución de los pedidos, se infringe cualquier derecho, especialmente derechos de autor, marcas registradas o patentes de terceros. El cliente nos exime de las reclamaciones de terceros en caso de tales violaciones de derechos. Todas las ideas y documentos elaborados por nosotros, en particular muestras, bocetos, diseños, información técnica, modelos, dibujos técnicos, etc. están bajo la protección de nuestra propiedad intelectual, tienen que ser tratados de forma confidencial y no pueden ser utilizados o aplicados de ninguna manera sin nuestro consentimiento previo por escrito.
XV. Exportación y conformidad, confidencialidad
El cliente (Comprador) confirma si revende productos Haimer que cumple con todas las disposiciones y regulaciones de los controles de exportación alemanes e internacionales, así como con las regulaciones de reexportación de EE.UU.. El cliente (Comprador) declara con su pedido el cumplimiento de este tipo de leyes y reglamentos. Además, el cliente (Comprador) confirma con su pedido que los productos permanecerán en el país de entrega y no se entregarán fuera de la Unión Europea.
Además, se aplica lo siguiente:
1. Nuestro cumplimiento del contrato está sujeto a la condición de que no se vea afectado por obstáculos derivados de normativas de comercio exterior nacionales o internacionales, embargos y/u otras sanciones, que puedan dar lugar, en particular, a sanciones u otras medidas adversas por parte de las autoridades de las Naciones Unidas, la Unión Europea, los Estados Unidos de América u otros países. El cliente (comprador) deberá cumplir las disposiciones aplicables de la legislación nacional e internacional de control de (re)exportación cuando transmita a terceros los bienes entregados por nosotros o el trabajo y los servicios prestados por nosotros (incluido el soporte técnico de cualquier tipo). En cualquier caso, deberá cumplir la normativa de control de (re)exportación de la República Federal de Alemania, la Unión Europea, los Estados Unidos de América y otros países cuando entregue dichos bienes, trabajos y servicios a terceros.
2. El cliente (comprador) se compromete a cumplir todas las leyes nacionales e internacionales contra el soborno y la corrupción, así como las normas éticas internacionales. En particular, ambas partes se comprometen a mostrar respeto mutuo, buena conducta y lealtad. Las partes mantendrán la confidencialidad de los detalles de la cooperación (incluyendo precio, cantidad, número de unidades) y no los publicarán sin el consentimiento de la otra parte. En ningún momento harán declaraciones públicas negativas sobre la persona, los productos o los servicios de la otra parte ni dañarán su reputación y prestigio. Si observamos que el cliente (comprador) infringe la normativa anticorrupción, las leyes pertinentes o las normas éticas, tendremos derecho a rescindir el contrato y/o eximirnos de toda responsabilidad.
XVa. Asuntos con la Federación de Rusia
1. El cliente (Comprador) no venderá, suministrará, transferirá, exportará o reexportará, directa o indirectamente, a la Federación de Rusia o para su uso en la Federación de Rusia ninguna mercancía suministrada que entre en el ámbito de aplicación del artículo 12 octies del Reglamento (UE) n.º 833/2014 del Consejo.
2. El cliente (Comprador) realizará sus mejores esfuerzos para garantizar que el propósito del n.º 1 no se vea frustrado por terceros situados más adelante en la cadena comercial, incluidos los posibles revendedores.
3. El cliente (Comprador) establecerá y mantendrá un mecanismo de supervisión adecuado para detectar conductas de cualquier tercero situado más abajo en la cadena comercial, incluidos los posibles revendedores, que pudieran frustrar la finalidad del n.º 1.
4. Cualquier violación de los nr. 1, 2 o 3 dará derecho a solicitar los recursos apropiados, incluyendo, pero no limitado a la rescisión del contrato.
5. El cliente (comprador) nos informará inmediatamente de cualquier problema en la aplicación de los puntos 1, 2 ó 3, incluyendo cualquier actividad relevante de terceros que pudiera frustrar el propósito del punto 1. 6. El cliente (Comprador) pondrá a nuestra disposición la información relativa al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los puntos 1, 2 y 3 en un plazo de dos semanas a partir de la simple solicitud de dicha información.
XVI. Directrices de sostenibilidad
1. Nuestra empresa está comprometida con las directrices de sostenibilidad y espera un compromiso y aplicación similares por parte de todos los socios comerciales. Puede acceder a nuestras directrices de sostenibilidad a través del siguiente enlace:
2. Nos reservamos el derecho a revisarlo en nuestros socios comerciales previa consulta en el marco de auditorías de calidad.
XVII. Aplicabilidad de la legislación alemana
Se aplicará exclusivamente el derecho de la República Federal de Alemania. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, de fecha 1 de enero de 1991.
XVIII. Lugar de ejecución, jurisdicción y validez
El lugar de cumplimiento para todas las reclamaciones derivadas de esta relación contractual es el domicilio social del vendedor. El lugar de negocios del vendedor es también el lugar de jurisdicción para todas las disputas legales derivadas de esta relación comercial. No obstante, tenemos derecho a presentar reclamaciones también ante el lugar de jurisdicción legal. La invalidez parcial o total de cualquier disposición de estas condiciones de venta y entrega, o de cualquier disposición en el contexto de otros acuerdos, ya sea ahora o en el futuro, no afectará a la validez de ninguna parte de las disposiciones o acuerdos restantes. La disposición inválida será sustituida por aquella disposición legalmente admisible que más se aproxime al significado de la disposición inválida.
Condiciones de venta y envió
Versión: Febrero 2024